sábado, 15 de agosto de 2009
Publicado por Desconocido @ 14:23
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LA BAJA LABORAL EN VACACIONES NO CUENTA COMO DESCANSO

Así lo ha reconocido el Tribunal Supremo a raíz de un recurso presentado desde UGT Madrid. El TS reconoce el derecho de los trabajadores a disfrutar de las vacaciones cuando estén programadas y cuando el empleado sufra una baja por enfermedad que se “solape en el tiempo” con el periodo reglamentario de descanso.

En este caso, y según indica la sentencia, el trabajador tendrá derecho a disfrutar de las vacaciones que hayan quedado pendientes mientras estuvo de baja.

El Supremo basa su fallo en que “el pleno disfrute del derecho a las vacaciones únicamente puede conseguirse cuando el trabajador se encuentre en condiciones físicas y mentales de hacer uso del mismo”.

La noticia ha salido en varios medios de televisión y en medios escritos como público o el país.

Fuente: http://www.ugtmadrid.net/

Tags: BAJA LABORAL

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